Tweet El Cea: abril 2019

sábado, 20 de abril de 2019

No vota!, de 2011

El video inferior muestra cómo la apoderada de un colegio electoral en una localidad de la provincia de Alicante se ensaña con una señorita de Protección Civil. La joven avasallada ayudaba a una Persona con Diversidad Funcional a ejercer su derecho al voto, a la participación máxima en la vida política que muchos tenemos. El motivo de la regañina de la, llamémosle, señorita Rottenmeier a Heidi fue que, en un momento dado y bajo la atenta mirada de la institutriz, la chica tocó el sobre que contenía la papeleta de, pongamos, Clara.
De inmediato y con tono autoritario, la señora gritó un ‘¡no vota! Han tocado el sobre y no vota porque lo digo yo’. Total, Clara (la Persona con Diversidad Funcional) repite el paseíllo bajo  los escudriñadores y descarados ojos de la damisela y, esta vez sí, deposita su veredicto en la urna. Con  todo, aún resuenan en mis oídos los alaridos que viajaron desde allí hasta aquí. Honestamente, opino que no hay que liarla parda. Si hay que encontrar alguna culpable a este entuerto, obviamente es Clara. No sólo  es una anciana a la que hay que arrastrar en silla de ruedas. Lo realmente grave e imperdonable es que la tal Clara venga votar a España desde Alemania pasando por Noruega.
Luego pasa lo que pasa, se cortocircuita a Cruella de Ville y se cae en estas provocaciones suscitadas por impostores de esta calaña. Como ya predijo en sus tiempos mozos Amparo Bilbao, a la sazón jefecilla de algo en estos lares, las Personas con Diversidad Funcional somos unos ‘pícaros’; en efecto, se da uno la vuelta y ya lo tenemos crudo. Va a tener razón la persona que habló sabiamente allá por 2.007.
Siempre buscando motivos para encender hogueras, algún cerebro maquinador expresaba recientemente sus dudas sobre si se cumpliría en esta ocasión la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), parte de cuyo artículo 146 transcribo:
"Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses:

2. Quienes con violencia o intimidación presionen sobre los electores para que no usen de su derecho, lo ejerciten contra su voluntad o descubran el secreto de voto.

3. Quienes impidan o dificulten injustificadamente la entrada, salida o permanencia de los electores, candidatos, apoderados, interventores y notarios en los lugares en los que se realicen actos del procedimiento electoral."
Considero absolutamente necesario disipar cualquier duda acerca del estricto y respetuoso cumplimiento de esta ley en particular y de las leyes en general, que sustentan nuestro Estado de Derecho. Rotundamente afirmo, poniendo mano ajena en el fuego, que en España se cumple a rajatabla hasta la última coma de cualquier orden, decreto o ley (que convenga).
Hay que cortar de raíz los burdos tejemanejes de aquellos que ponen en cuestión asuntos como el voto secreto o la accesibilidad a los centros electorales, y todo pese a que el video (un montaje maquiavélico y manipulador, seguro) nos intente mostrar el enorme e insalvable escalón de acceso a este colegio electoral de L’Alfàs del Pi.

Pero a vueltas con tocamientos de sobres, me asalta la cuestión del voto por correo y la necesaria telepatía de los carteros…